O Tribunal, informa de que tras posteriormente á presentación do recurso a Autoridade Portuaria anulou a licitación para modificar os pregos e convocar outra nova e así indica:
» Puesto que el órgano de contratación ha “anulado” la licitación (rectius, ha desistido de ella), manifestando su intención de modificar los pliegos para después iniciar una nueva, procede poner fin al presente recurso por carencia sobrevenida de objeto»