En caso de desempleo o cese de actividad se amplía la disponibilidad excepcional de planes de pensiones a quienes han visto caer su facturación en un 75% como consecuencia del estado de alama.
En las disposiciones finales cuarta y quinta se amplía la posibilidad de disponibilidad de planes de pensiones para los trabajadores por cuenta propia o autónomos a los casos en que, sin cesar en su actividad, hayan tenido una reducción de, al menos, el 75 por ciento en su facturación como consecuencia de la situación de crisis sanitaria.