La relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Caldas de Reis contempla una plaza de arquitecto/a, que a día de hoy se encuentra vacante. En tanto no se procede a su provisión, la intención de ese Ayuntamiento es que las funcione propias del puesto puedan ser desempeñadas a través de la figura prevista en el artículo 209 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, que permite “la realización por el personal funcionario propio de las entidades locales de funciones y tareas en el ámbito territorial de otras entidades locales”.
Conforme a la solicitud de dicho Ayuntamiento, se informa de esta circunstancia para conocimiento de los funcionarios municipales de otros Ayuntamientos, interesados en promover la celebración de dicho convenio de colaboración administrativa.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 209 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, las entidades interesadas deberán formalizar el oportuno convenio, que especificará:
- El ámbito de aplicación.
- Los servicios a los que afectará la realización de funciones y tareas en el ámbito territorial de otra entidad local.
- El personal asignado a los dichos servicios.
- Las funciones y tareas a desarrollar por el personal afectado.
En el expediente deberá constar igualmente la conformidad del personal afectado, que mantendrá en todo caso su relación funcionarial con la entidad local a la que pertenezca.
El empleo de esta fórmula permitiría que un funcionario de otro Ayuntamiento desempeñara las funciones propias del puesto de arquitecto en el Ayuntamiento de Caldas de Reis.
Para obtener más información al respeto de este asunto, será preciso contactar con el Ayuntamiento de Caldas en:
Ayuntamiento de Caldas
E-mail: alcaldia@caldasdereis.gal
Tlf.: 699954451